Subsidio mutual
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Es un sistema solidario que brinda ayuda económica a los afiliados ante determinadas contingencias que se le puedan presentar durante el período que mantenga activa la matrícula en su colegio profesional y, a su vez, el vínculo con esta institución.
El plazo máximo para solicitar, cualquier subsidio mutual, es de 180 días corridos, contados a partir de la fecha que se produce el hecho que genera el beneficio.
La alícuota mensual del subsidio mutual está fijada en $7000. A éste monto se le suma el aporte mensual correspondiente al Fondo Solidario de Salud de $5.002,00.
Para afiliados con domicilio real fuera de la Provincia de Entre Ríos estos conceptos se liquidan de forma anual.
Características y beneficios
Es un sistema solidario que brinda ayuda económica a los/las afiliados/as ante determinadas contingencias que se le puedan presentar.
Las condiciones para obtener el beneficio es ser matriculado habilitado a la fecha de producirse el acontecimiento, estar al día con la cuota correspondiente, tener la antigüedad y continuidad exigidas por la reglamentación.
El beneficio será en directa proporción al grado de participación en el sistema, y los montos fijados son los máximos posibles a percibir.
Los montos se determinan por un coeficiente “K” de cumplimiento.
Fórmula para el cálculo del factor "K"
Período Real de Cumplimiento en el Sistema
“K” =--------------------------------------------------------------------
Período Teórico Posible de Participación en el Sistemac
¿Qué beneficios otorga?
Cada afiliado percibirá el beneficio que correspondiere en directa proporción a su factor de cumplimiento (k) en el Sistema, siempre que cumpla las condiciones establecidas en la Res. 2189/12.
La normativa vigente contempla los siguientes beneficios cuyos montos máximos son los que se detallan a continuación:
Montos máximos | |
---|---|
Por nacimiento o adopción para afiliadas mujeres y varones | $900.000 |
Por matrimonio | $750.000 |
Por jubilación por Caja Prever | $1.600.000 |
Por jubilación en otra Caja | $1.200.000 |
Por incapacidad total absoluta y transitoria | Hasta 320 UJM |
Por incapacidad total absoluta y permanente | $4.200.000 |
Por muerte del afiliado en actividad | $5.100.000 |
Sepelio | $840.000 |
Contribución por disminución de la capacidad laboral por pérdidas anatómicas parciales | $5.000.000 |
Contribución de gastos por tratamiento de fertilización asistida. | $1.500.000 |
* Valores vigentes para hechos ocurridos a partir del 1° de septiembre 2024
Por consultas puede enviar e-mail a: subsidiomutual@cajaprever.org.ar
Formularios
Los formularios se presentan sólo en caso que sean solicitados por el personal administrativo
Solicitud de Subsidio Mutual
Nacimiento
Por matrimonio
Adopción
Jubilación en esta caja
- Se liquida de oficio con posterioridad al otorgamiento de la jubilación
Jubilación en otra caja
Incapacidad total absoluta y transitoria
Incapacidad total absoluta y permanente del afiliado en actividad. Pérdida de miembros
Muerte del afiliado en actividad
Contribución gastos de sepelios
Fertilización asistida. Alta y baja complejidad
Institución del Beneficiario
Fondo Solidario de Trasplante
Fondo Solidario de Trasplante – Adherente desde 25 a 35 años
Por consultas puede enviar e-mail a: subsidiomutual@cajaprever.org.ar