Derechos y obligaciones

De acuerdo al Decreto Ley 1030/62, la afiliación al Régimen Previsional de Caja PREVER es obligatoria y automática para todos los profesionales que ejerzan su profesión en la provincia de Entre Ríos. A su vez, éstas actividades profesionales están reguladas según sus leyes institucionales.

Los profesionales matriculados en sus respectivos colegios son los que conforman la Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de Entre Ríos:

Colegio de Arquitectos de la Provincia de Entre Ríos

Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos

Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de Entre Ríos

Colegio de Ingenieros Especialistas de Entre Ríos

Colegio Profesional de Maestros Mayores de Obra y Técnicos de Entre Ríos

Colegio de Profesionales de la Agrimensura de Entre Ríos

Colegio de Licenciados y Técnicos de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional de la Provincia de Entre Ríos

¿Qué obligación me genera la afiliación?

  1.  Régimen Previsional: el afiliado deberá realizar aportes jubilatorios por cada trabajo profesional que realice.
  2. Sistema Subsidio Mutual y Fondo de Trasplante. También, por única vez en el primer Resumen de Cuentas que reciba deberá abonar el Fondo de Reserva.
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